El Gobierno ingresó un paquete que crea un régimen de regalías pendiente y un Fondo de Compensación Ambiental de "acción rápida". Las iniciativas legislativas se presentaron junto a las DIAs de PSJ Cobre Mendocino y Malargüe Distrito Minero, confirmando la decisión de avanzar en el desarrollo de la actividad.
Por Panorama Minero
El Gobierno de Mendoza apunta a consolidar su política minera, iniciada en el inicio de la segunda gestión de Alfredo Cornejo, con un paquete de leyes que ingresaron en los últimos días a la Legislatura mendocina. Esto se suma a la modificación del Código de Procedimientos Mineros al inicio de la gestión, además del fortalecimiento de la Dirección de Minería y la Policía Ambiental Minera.
El nuevo paquete se compone de dos proyectos de ley claves que buscan dotar de certeza regulatoria a la actividad: uno que crea un régimen de regalías que Mendoza no tenía (y se consideraba una tarea pendiente), y otra iniciativa que establece un Fondo de Compensación Ambiental, apuntando a que este sea una caja de acción rápida en caso de necesidad.
Estos proyectos de ley se ingresaron de manera conjunta con las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIAs) de PSJ Cobre Mendocino y la segunda parte de Malargüe Distrito Minero Occidental. Todo este conjunto de acciones confirma la decisión política de la administración de Cornejo de avanzar con el desarrollo de la actividad minera bajo un nuevo marco regulatorio.

Regalías: tope del 3% y el valor “boca mina”
“Estamos presentando un proyecto de ley para regular las regalías mineras en la provincia de Mendoza. No teníamos ley de regalías en la provincia”, destacó Jimena Latorre, ministra de Energía y Ambiente de Mendoza.
El Proyecto de Ley de Regalías Mineras establece el régimen jurídico aplicable a la percepción, determinación, liquidación, control, distribución y destino de las regalías derivadas de la explotación de recursos minerales de primera y segunda categoría en la provincia.
El monto de la regalía se determina aplicando los porcentajes correspondientes sobre el valor "boca mina" del mineral extraído, manteniendo el tope del tres por ciento (3%) fijado por la Ley Nacional N° 24.196.
El nuevo régimen incorpora mecanismos de control que buscan desalentar la subdeclaración del valor del mineral. El proyecto establece que si el valor tomado como base de cálculo del "boca mina" resulta inferior al precio de ese producto en el mercado nacional o internacional, se aplica el valor de mercado que resulte mayor como base de cálculo de la regalía.
La reglamentación de la ley prevé la posibilidad de establecer regímenes diferenciales. Estos incluyen reducciones o exenciones parciales para fomentar proyectos que incorporen agregado de valor local, utilicen tecnologías limpias, o cumplan con altos estándares ambientales y de inclusión social y de género.
En cuanto a la distribución, la recaudación se reparte de forma específica: El ochenta y ocho por ciento (88%) se destina a Rentas Generales de la Provincia. El doce por ciento (12%) restante se distribuye entre los municipios donde ocurre la extracción. Para acceder a este 12%, los municipios deben adherir al régimen y renunciar a todo tipo de imposición local para la actividad minera.

Fondo de Compensación Ambiental
El segundo proyecto de ley crea el Fondo de Compensación Ambiental. La finalidad central del Fondo se enfoca en garantizar la prevención y mitigación de efectos nocivos o peligrosos sobre el ambiente en caso de producirse. Un objetivo fundamental del instrumento es la atención de emergencias ambientales, lo que le confiere el carácter de un recurso de acción rápida ante una contingencia.
La creación de esta reserva institucionaliza el destino del dinero afectado del Fondo de Desarrollo Socio Ambiental, que proviene de las regalías mineras, asegurando que la actividad contribuya directamente a la gestión y compensación ambiental.
El Fondo de Compensación Ambiental se financiará de manera dual, obteniendo recursos del propio sector minero a través del régimen de regalías y de otras fuentes que determine la autoridad provincial:
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Aportes de las Regalías Mineras: la fuente de financiamiento más relevante vinculada al paquete de leyes es la que proviene del nuevo régimen de regalías mineras. Este establece que el 15% de la porción de la recaudación que ingresa a Rentas Generales de la Provincia (que es el 88% de la regalía total) se destinará al Fondo de Desarrollo Socioambiental.
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Otras fuentes determinadas por la autoridad: aunque no especifica en su texto actual todas las fuentes, señala que la integración, composición, administración y destino del fondo serán determinados por la autoridad provincial. Esto implica que, además de los recursos provenientes de las regalías, el Fondo se podrá nutrir con asignaciones presupuestarias específicas, aportes o convenios con organismos nacionales o internacionales y posibles multas o resarcimientos ambientales.



























