Un tribunal de la provincia de Mendoza rechazó de manera unánime todas las medidas cautelares presentadas contra el proyecto de cobre PSJ Cobre Mendocino, reafirmando la validez de su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y de la ley provincial que la ratificó.
Por Panorama Minero
El fallo, dictado por el Primer Tribunal de Gestión Asociada de Mendoza, permite que el proyecto —ubicado en el distrito de Uspallata— continúe avanzando, mientras las impugnaciones judiciales de fondo siguen su curso. El tribunal no encontró evidencia de daño ambiental cierto, grave o irreversible, ni de una ilegalidad manifiesta en el proceso de aprobación que justificara la suspensión del proyecto en esta etapa.
Las medidas cautelares habían sido solicitadas por organizaciones ambientalistas, una comunidad indígena y demandantes individuales, quienes pretendían frenar el proyecto mientras se desarrollaban los procesos judiciales. El tribunal concluyó que no se cumplían los requisitos legales excepcionales para dictar medidas precautorias, y destacó la ausencia de evidencia técnica concreta y específica del proyecto que demostrara un daño ambiental inminente.
En su decisión, el tribunal estableció límites claros a la aplicación del principio precautorio, alineándose con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Señaló que dicho principio no justifica la suspensión automática de proyectos aprobados conforme a la ley basándose únicamente en riesgos hipotéticos o especulativos, y que cualquier medida precautoria debe ser proporcional, razonable y compatible con el desarrollo sostenible.
El tribunal también subrayó la presunción de legitimidad de la DIA, señalando que fue el resultado de un proceso administrativo integral que incluyó evaluaciones técnicas, participación ciudadana y control ambiental, y que posteriormente fue ratificado por la Legislatura de Mendoza mediante una ley provincial.
PSJ Cobre Mendocino se encuentra actualmente en etapa de factibilidad y apunta a producir concentrado de cobre. El proyecto contempla una inversión estimada superior a los US$559 millones durante la construcción y puesta en marcha, con una vida útil proyectada de al menos 16 años y una producción promedio anual cercana a las 40.000 toneladas de cobre contenido en concentrado.
Si bien el fallo no resuelve las impugnaciones de fondo, establece un precedente relevante para la litigiosidad ambiental en Mendoza. El tribunal remarcó que el control judicial no debe reemplazar las decisiones administrativas o legislativas en ausencia de pruebas claras de ilegalidad o daño ambiental.
Para la provincia, la decisión refuerza la seguridad jurídica en un momento en el que la minería vuelve a posicionarse como un eje central de la agenda económica mendocina. A nivel más amplio, el fallo aporta al debate nacional sobre el equilibrio entre la protección ambiental y el desarrollo productivo.



























