Control del agua y costos de entrada: el RUM pone a prueba la minería en Mendoza

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Control del agua y costos de entrada: el RUM pone a prueba la minería en Mendoza
Control del agua y costos de entrada: el RUM pone a prueba la minería en Mendoza
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La aplicación del canon hídrico a proyectos exploratorios abre una discusión clave sobre previsibilidad, competitividad y reglas claras en el regreso de la minería provincial.

Por Panorama Minero

Mientras Mendoza intenta reactivar su agenda minera después de más de dos décadas de freno, hay tensiones internas que no pasan por la Ley 7.722 ni por el aval político, sino por la estructura de costos que se suma incluso antes de que exista producción. En ese escenario, el canon que deben afrontar determinados proyectos mineros para inscribirse en el Registro Único Minero (RUM), bajo la órbita del Departamento General de Irrigación, se convirtió en un factor que genera ruido dentro de la industria y también al interior del propio Gobierno provincial.

El esquema vigente establece montos significativos para emprendimientos que, en muchos casos, se encuentran apenas en etapa de exploración. Se trata de un pago anual que no está asociado a producción, regalías ni ingresos efectivos, sino al solo hecho de acceder a un registro. En la práctica, para el sector, aparece como un costo de entrada elevado, al que además se suman inspecciones o servicios cuyos costos también deben ser cubiertos por las compañías o emprendedores.

Qué es el RUM y por qué se aplica

El Registro Único Minero fue creado dentro del ámbito de Irrigación -según la información oficial- con el objetivo de ordenar, registrar y fiscalizar aquellas actividades mineras que puedan implicar algún riesgo de afectación del recurso hídrico, ya sea superficial o subterráneo. El esquema incorpora criterios de progresividad según etapa del proyecto (prospección, exploración, explotación o cierre) y distingue entre minería metalífera y no metalífera.

Desde el organismo señalan que no todos los proyectos están alcanzados. Según la reglamentación vigente y la circular Nº 03/2025, sólo deben inscribirse aquellos emprendimientos que realizan intervenciones directas en el terreno y que presentan un riesgo potencial sobre el agua, como perforaciones o métodos geofísicos invasivos. Las etapas iniciales de cateo y prospección preliminar, que constituyen la mayoría de los proyectos en Mendoza, quedan exceptuadas salvo casos puntuales.

En esa línea, Irrigación asegura que el RUM fue concebido como un instrumento de control ambiental.

Los montos en juego

Según la resolución vigente, los valores actuales del canon anual alcanzan cifras significativas incluso para proyectos sin producción. Para yacimientos metalíferos, el canon asciende a $26,7 millones anuales en etapa de prospección y exploración, y supera los $53,4 millones anuales en etapa de explotación.

En un contexto donde la exploración es, por definición, una actividad de alto riesgo y sin retorno asegurado, estos valores explican por qué el RUM se convirtió en uno de los temas más sensibles del arranque minero mendocino, especialmente para proyectos junior o de capitales medianos que aún no generan flujo económico.

Más allá de la versión institucional, en el sector minero el debate no gira sólo en torno a la legalidad del canon, sino a su impacto económico en proyectos que todavía no generan ingresos. En exploración, cada dólar cuenta: estudios geológicos, campañas de campo, perforaciones, logística, servicios especializados y cumplimiento ambiental conforman una estructura de costos elevada, especialmente en zonas de alta montaña.

En ese contexto, pagar millones de pesos anuales únicamente por la inscripción aparece como un desincentivo, sobre todo para proyectos junior o de capitales medianos. La situación se vuelve más sensible si se considera que Mendoza aún no tiene minería metalífera en producción.

La zona gris: qué se considera “invasivo” y quién lo define

A ese debate se suma un punto que hoy no termina de estar claramente definido en la documentación de Irrigación: quién y bajo qué criterios técnicos determina cuándo una perforación o un método geofísico pasa a ser considerado invasivo. Ni en el texto del RUM ni en las resoluciones complementarias se detalla con precisión el procedimiento, el umbral técnico o la autoridad específica que fija esa condición caso por caso.

Este vacío interpretativo genera incertidumbre concreta. En la práctica, cualquiera de los 34 proyectos aprobados en la primera tanda de Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO) podría avanzar con campañas de geofísica como parte de su etapa exploratoria. Sin embargo, hoy ya existen proyectos a los que se les cobró el canon, y otros que fueron intimados formalmente en el ámbito de Irrigación para regularizar su situación.

La situación derivó en varias reuniones entre cámaras empresarias, técnicos y funcionarios del Gobierno provincial, con el objetivo de entender cómo se aplicará el canon hacia adelante, cuál será el criterio definitivo y si habrá ajustes en su implementación. El tema cobra mayor relevancia porque el canon ya está vigente, y todo indica que en el corto plazo se conocerán los montos actualizados.

Un esquema que tensiona la narrativa del “ordenado regreso” minero

El canon del RUM se suma así a una discusión más amplia: cómo se estructura el regreso de la minería en una provincia que busca previsibilidad, competitividad y reglas claras. Mientras el Ejecutivo provincial impulsa distritos mineros, audiencias públicas y esquemas de control participativo, aparecen instrumentos administrativos que pueden impactar negativamente en la ecuación económica inicial de los proyectos.

Puertas adentro del Gobierno, el tema también genera incomodidad. No porque se cuestione el rol de Irrigación ni la necesidad de controlar el agua -un activo central en Mendoza-, sino porque el mensaje hacia el inversor resulta contradictorio: se promueve la exploración, pero se encarece su arranque con cánones elevados y costos fijos tempranos.

El desafío: control ambiental sin desalentar inversión

El debate de fondo no es si debe existir control hídrico, sino cómo se calibra ese control en función de la etapa real de cada proyecto y de la escala de la actividad. En una provincia que intenta reconstruir su curva de aprendizaje minero, el equilibrio entre fiscalización ambiental y viabilidad económica aparece como una de las claves del proceso.

El RUM, tal como está planteado hoy, expone una tensión inevitable: garantizar recursos para controlar sin transformarse -en la práctica- en un impuesto anticipado a una minería que todavía está empezando a caminar. Resolver esa tensión será parte del desafío si Mendoza pretende consolidar un desarrollo minero sostenido, ordenado y competitivo en el tiempo.

Publicado por: Panorama Minero

Categoría: Noticias

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