El Gobierno de San Juan envió a la Cámara de Diputados provincial el proyecto de Ley de Desarrollo Local Minero, una iniciativa que busca establecer un marco para la participación de trabajadores y proveedores sanjuaninos en los grandes proyectos mineros que operan en la provincia.
Por Panorama Minero
La propuesta fue remitida por el Poder Ejecutivo y se da en un contexto de expansión de la actividad minera en San Juan, impulsada por proyectos de cobre y por inversiones vinculadas al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Según el texto presentado, el objetivo es generar mecanismos que permitan medir y promover la participación local en empleo, compras y servicios asociados a la actividad minera.
1. Planes obligatorios de empleo y proveedores
Uno de los puntos centrales del proyecto es la obligación para las empresas mineras y sus principales contratistas de presentar Planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores, con metas progresivas y reportes periódicos de cumplimiento.
Estos planes deberán actualizarse cada dos años e incluir información sobre contratación de personal, adquisición de bienes y contratación de servicios.
2. No establece cupos obligatorios
El proyecto no fija obligaciones automáticas de contratación ni restricciones directas a la libre competencia.
En cambio, propone un esquema basado en planificación, metas, indicadores y rendición de cuentas por parte de las compañías, que deberán justificar los desvíos respecto de los objetivos planteados.
3. Meta de 80% de empleo sanjuanino
La iniciativa fija como objetivo que el 80% de los trabajadores de cada operación minera tenga residencia en San Juan, con prioridad para los departamentos considerados dentro del área de influencia directa de cada proyecto.
El proyecto prevé mecanismos de seguimiento sobre la evolución de estos indicadores y contempla acciones de capacitación cuando no exista disponibilidad suficiente de mano de obra local.
4. Objetivo de 60% de compras locales
Otro de los ejes es que las compañías orienten el 60% del monto anual de sus compras hacia proveedores sanjuaninos, siempre que exista oferta disponible en condiciones competitivas de mercado.
Cuando las empresas no alcancen ese porcentaje deberán justificar técnicamente la inexistencia de proveedores locales en condiciones equivalentes de calidad, precio o capacidad operativa.
5. Creación del Registro Provincial de Proveedores Mineros
La propuesta crea el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (RE.PRO.MIN), una base pública y digital destinada a identificar a las empresas que podrán computarse dentro de las metas previstas por la ley.
Para formar parte del registro, las compañías deberán acreditar domicilio operativo en la provincia, tributación local y una dotación compuesta por al menos un 80% de personal sanjuanino.
6. Publicación anticipada de la demanda minera
Las empresas deberán informar sus necesidades futuras de bienes y servicios mediante cronogramas estimados de contratación.
El objetivo es que proveedores locales puedan anticipar inversiones, capacitación y adecuación de capacidades para competir por contratos vinculados a los proyectos mineros.
7. Incentivos para las empresas que cumplan
El proyecto incorpora un esquema de incentivos para las operadoras que alcancen simultáneamente las metas de empleo y compras locales.
En esos casos, podrán acceder a un Certificado de Crédito Fiscal transferible, que podrá ser cedido a proveedores mineros para la cancelación de impuestos provinciales.
8. Transparencia en las contrataciones
La iniciativa prevé mecanismos de publicidad vinculados a los procesos de contratación.
Las empresas deberán difundir convocatorias, demandas de bienes y servicios y adjudicaciones, con el objetivo de facilitar el acceso de proveedores locales a oportunidades de negocio y permitir el seguimiento de los indicadores previstos por la norma.
9. Alcance de la ley
La propuesta alcanza tanto a las empresas mineras como a sus principales contratistas.
De esta manera, las obligaciones de planificación y reporte se extienden a una parte significativa de la cadena de valor asociada a los proyectos mineros.
10. Autoridad de aplicación y control
El Ministerio de Minería será la autoridad de aplicación de la ley y contará con el apoyo de un Consejo Consultivo público-privado y una Unidad Técnica Interministerial encargada de tareas de seguimiento y auditoría.
Entre sus funciones estarán la verificación de los planes presentados, la medición de resultados y el control del valor agregado local declarado por las empresas.
11. Multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias
El proyecto contempla sanciones para casos de incumplimiento injustificado de las obligaciones previstas.
Las medidas podrán ir desde apercibimientos hasta multas equivalentes a 60.000 Unidades Tributarias, según la gravedad de la infracción y los antecedentes de la empresa involucrada.
La iniciativa también establece que no habrá sanciones cuando las compañías acrediten la inexistencia de oferta local competitiva o demuestren haber desarrollado acciones de capacitación para cubrir esas brechas.
12. Reemplaza una ley anterior y fija plazos de implementación
El proyecto deroga la Ley 1208-M, una normativa que, según el Gobierno provincial, nunca llegó a implementarse.
Asimismo, establece que las empresas deberán presentar sus primeros planes dentro de plazos que van de 60 a 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma.
Próximo paso legislativo
La iniciativa comenzará ahora su tratamiento en la Legislatura provincial. De ser aprobada, establecerá nuevos mecanismos de planificación, monitoreo e incentivos vinculados a la participación de empleo y proveedores locales en la actividad minera sanjuanina.
El proyecto ingresa en uno de los debates más sensibles de la minería provincial: el ordenamiento del compre local, la participación de empresas sanjuaninas en la cadena de valor y los criterios de prioridad para trabajadores y proveedores de la provincia. En los últimos años, distintas cámaras y actores del sector plantearon demandas cruzadas sobre la necesidad de definir reglas más claras para la contratación local en los grandes proyectos mineros.



