GEMERA destacó los cambios en el Régimen de Inversiones Mineras

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GEMERA destacó los cambios en el Régimen de Inversiones Mineras
Michael Meding, presidente de GEMERA, planteó la necesidad de superar los US$1.000 millones anuales de inversión exploratoria.
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La actualización de la Ley 24.196 simplifica trámites de devolución del IVA, importaciones y registro de proyectos exploratorios.

Por Panorama Minero

El Grupo de Empresas Mineras Exploradoras de la República Argentina (GEMERA) se pronunció sobre la actualización reglamentaria del Régimen de Inversiones Mineras, establecido por la Ley 24.196, que introduce modificaciones en los procedimientos de devolución del IVA para exploración, importación de bienes y registro de inversiones mineras.

Según informó la entidad, el nuevo esquema comprende ocho disposiciones dictadas entre julio de 2025 y octubre de 2026 por la Secretaría de Minería de la Nación, el Poder Ejecutivo y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), destinadas a actualizar los mecanismos de acceso y fiscalización de los beneficios contemplados en la legislación.

Uno de los principales cambios corresponde al procedimiento de devolución del IVA de exploración, previsto en el artículo 14 bis de la Ley 24.196.

La nueva reglamentación reemplaza el sistema de expedientes en papel, vigente desde 2004, por un procedimiento digital a través del Sistema Integral de Recupero (SIR) de ARCA y la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Asimismo, elimina la obligación de presentar un aviso previo al inicio de las tareas exploratorias y concentra los requerimientos documentales en facturas, comprobantes de pago y memorias de las actividades realizadas.

El procedimiento establece un plazo máximo de resolución de 30 días hábiles para la Secretaría de Minería de la Nación y otros 30 días hábiles para ARCA.

Desde GEMERA señalaron que estos cambios permitirán establecer tiempos administrativos definidos para la recuperación del IVA abonado durante las campañas de exploración, particularmente en estudios geológicos, perforaciones, ensayos mineros y contratación de servicios especializados.

Modificaciones en el régimen de importaciones

La actualización también contempla cambios en el procedimiento de exención de derechos de importación establecido en el artículo 21 de la Ley 24.196.

El nuevo mecanismo incorpora declaraciones juradas digitales mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA), con un esquema de fiscalización posterior y un plazo de aprobación de cinco días hábiles.

Además, admite la importación de bienes usados o reacondicionados debidamente certificados y establece un régimen específico para proveedores mineros, de acuerdo con sus niveles de facturación.

En paralelo, la normativa crea el Registro de Inversiones Mineras (RIM), que asigna un código único por proyecto asociado a la CUIT y permite unificar derechos mineros que compartan proximidad geográfica, infraestructura o desarrollo operativo.

Estabilidad fiscal y garantías ambientales

En materia contable y tributaria, la actualización contempla la posibilidad de utilizar el Seguro Ambiental Obligatorio como alternativa a la previsión contable.

También establece plazos definidos para la estabilidad fiscal a partir de la presentación del estudio de factibilidad, una disposición aplicable a proyectos que avanzan desde la exploración hacia etapas de desarrollo.

De acuerdo con GEMERA, estas modificaciones forman parte de la adecuación de los mecanismos administrativos y fiscales previstos en el régimen promocional minero.

GEMERA plantea superar los US$1.000 millones anuales en exploración

Michael Meding, presidente de GEMERA, se refirió a los cambios reglamentarios y a los niveles de inversión destinados a la exploración minera en Argentina.

"Hoy la Argentina destina unos 400 millones de dólares anuales a la exploración, pero desde GEMERA insistimos en que el país necesita superar los 1.000 millones", afirmó.

El directivo también destacó las modificaciones introducidas en los procedimientos de recuperación del IVA.

"Que la devolución del IVA tenga plazos ciertos y trámite digital brinda la previsibilidad necesaria para financiar las campañas de trabajo. Si bien la ley mantiene la espera de doce períodos fiscales, contar con tiempos administrativos definidos permite a las empresas planificar sus inversiones con mayor certeza", sostuvo Meding.

Ocho disposiciones integran la actualización normativa

El esquema informado por GEMERA comprende los decretos 449/2025 y 482/2026, que modifican disposiciones de la Ley 24.196 y su reglamentación general.

También incluye las resoluciones generales 5878/2026 y 5879/2026, vinculadas con la devolución del IVA de exploración y su incorporación al Sistema Integral de Recupero.

A estas se suman las resoluciones 66/2026, 68/2026 y 73/2026 de la Secretaría de Minería, relacionadas con la evaluación técnica de solicitudes, la creación del Registro de Inversiones Mineras y los procedimientos correspondientes a los beneficios de importación.

Finalmente, la Resolución General ARCA 5909/2026 incorpora la declaración jurada de destino minero a la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

Implementación del nuevo esquema

GEMERA informó que pondrá a disposición del proceso de implementación la experiencia técnica de sus empresas asociadas.

La transición contempla la adaptación de los procedimientos internos a nuevas exigencias, entre ellas la constitución de un domicilio legal electrónico y la presentación de una declaración jurada anual respaldada por un profesional independiente.

Asimismo, GEMERA señala que el sistema de importaciones tendrá una suspensión temporal entre el 13 y el 16 de octubre, antes de la puesta en funcionamiento del nuevo trámite digital, anunciada para el 19 de octubre.

GEMERA es una asociación civil sin fines de lucro creada en 1993, que representa a empresas dedicadas a la exploración minera en Argentina y forma parte de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM).

Publicado por: Panorama Minero

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