Santiago de Chile — Barrick Gold Corporation (NYSE:GOLD) (TSX:ABX) dijo hoy que acepta la decisión del Tribunal Ambiental de Antofagasta de mantener la orden de cierre y sanciones que el ente regulador ambiental de Chile impuso a Compañía Minera Nevada, subsidiaria de Barrick titular de la porción chilena (Pascua) del proyecto Pascua-Lama
Barrick dijo que el fallo trazó una línea final a un proceso legal que comenzó en 2013 y que la compañía no lo apelará. La construcción del proyecto se suspendió ese año y Pascua deberá realizar ahora una transición de su estado actual de cuidado y mantenimiento a cierre de acuerdo con la decisión del Tribunal Ambiental.
Luego del fallo, Marcelo Álvarez, director ejecutivo de Barrick en Chile & Argentina, dijo que Pascua-Lama permanece como un proyecto importante y que está en curso un trabajo para reevaluar su potencial. Esto implica una revisión interna exhaustiva de sus aspectos técnicos, económicos y sociales, como también un enfoque diferente para el proceso de permisos y desarrollo en caso de que los estudios en curso den como resultado un proyecto que cumpla con los filtros de inversión de Barrick. Además, confirmó que cualquier nuevo desarrollo de proyecto cumplirá con la legislación actual en Chile y Argentina.
«Barrick es una empresa muy diferente desde su fusión con Randgold y ahora tenemos un firme enfoque en establecer buenas relaciones con las comunidades y las autoridades», dijo.
«Barrick ve un gran potencial en una región que siempre fomentó el desarrollo de proyectos de mineros sustentables, está comprometida a seguir invirtiendo en Chile y Argentina y a construir alianzas productivas con el gobierno, los socios comerciales y las comunidades. Como en todo el grupo Barrick, nos aseguraremos de que los beneficios económicos que creamos se compartan en forma equitativa con todas las partes y que nuestras operaciones se realicen con el debido cuidado por la salud, la seguridad y el medio ambiente».
Mientras el proyecto estuvo suspendido, Pascua-Lama continuó tratando y monitoreando la calidad del agua de acuerdo con sus compromisos ambientales. El fallo del Tribunal de Ambiental reconoce que ninguna de las infracciones que dieron lugar a la orden de cierre ha causado un daño irreparable.
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Declaración cautelar sobre la información de futura
Cierta información contenida en este comunicado de prensa, incluida cualquier información sobre la estrategia, los proyectos, los planes o el desempeño financiero u operativo futuro de Barrick, constituye «declaraciones a futuro». Todas las declaraciones, que no sean declaraciones de hechos históricos, son declaraciones a futuro. Las palabras «continuar», «buscar», «focalizar», «establecer», «alentar», «potencial», «compromiso», «asegurar» y expresiones similares identifican las declaraciones a futuro. En particular, el presente comunicado de prensa contiene declaraciones de carácter prospectivo que incluyen, entre otras cosas, con respecto a La estrategia de Barrick para el proyecto Pascua-Lama, incluso con respecto a la transición del proyecto de cuidado y mantenimiento al cierre, la decisión de no apelar la decisión del Tribunal Ambiental, el monitoreo ambiental continuo y el cumplimiento, la reevaluación del enfoque del proyecto en cuanto a los permisos y el desarrollo, las inversiones futuras en Chile, las contribuciones potenciales a las economías locales y el desempeño operativo futuro.
Las declaraciones sobre el futuro se basan necesariamente en una serie de estimaciones y suposiciones, incluidas las estimaciones y suposiciones materiales relacionadas con los factores que se indican a continuación que, si bien la empresa las considera razonables a la fecha de este comunicado de prensa a la luz de la experiencia y la percepción de la administración de las condiciones actuales y los acontecimientos previstos, están inherentemente sujetas a importantes incertidumbres y contingencias comerciales, económicas y competitivas. Factores conocidos y desconocidos podrían hacer que los resultados reales difirieran materialmente de los proyectados en las declaraciones prospectivas, por lo que no se debe confiar indebidamente en esas declaraciones e información. Esos factores incluyen, entre otros, los siguientes: las fluctuaciones de los precios al contado y a plazo del oro, el cobre o algunos otros productos básicos (como la plata, el combustible diésel, el gas natural y la electricidad); el carácter especulativo de la exploración y el desarrollo de minerales; los cambios en el rendimiento de la producción de minerales y en los éxitos de la explotación y la exploración; los litigios y los procedimientos jurídicos y administrativos; el incumplimiento de las leyes y reglamentos sobre medio ambiente y salud y seguridad; los riesgos asociados a los proyectos que se encuentran en las primeras etapas de evaluación y para los que se requieren análisis adicionales de ingeniería y de otro tipo; la disminución de las cantidades o las leyes de las reservas; el aumento de los costos, las demoras, las suspensiones y los problemas técnicos relacionados con la construcción de proyectos de capital; dificultades operativas o técnicas relacionadas con las actividades de explotación minera o de desarrollo, incluidos los problemas geotécnicos y las perturbaciones en el mantenimiento o el suministro de la infraestructura y los sistemas de tecnología de la información necesarios; no renovación de licencias clave por parte de las autoridades gubernamentales; momento en que se reciben o no se cumplen los permisos y aprobaciones necesarios; incertidumbre sobre si algunas o todas las inversiones y proyectos objetivo de Barrick cumplirán con los objetivos de asignación de capital y la tasa de obstáculos internos de la Compañía; el impacto de la inflación; los cambios en la legislación, los impuestos, los controles o las regulaciones del gobierno nacional y local y/o los cambios en la administración de las leyes, las políticas y las prácticas, la expropiación o la nacionalización de la propiedad y los desarrollos políticos o económicos en Chile y otras jurisdicciones en las que la Compañía o sus filiales realizan o pueden realizar negocios en el futuro; la falta de certidumbre con respecto a los sistemas jurídicos extranjeros, la corrupción y otros factores que son incompatibles con el estado de derecho; los riesgos asociados con la minería ilegal y artesanal; los riesgos asociados con nuevas enfermedades, epidemias y pandemias, incluidos los efectos y los posibles efectos de la pandemia mundial de Covid-19; interrupción de las rutas de suministro que puede causar retrasos en las actividades de construcción y minería; daño a la reputación de la empresa debido a la ocurrencia real o percibida de cualquier número de eventos, incluida la publicidad negativa con respecto al manejo de los asuntos ambientales por parte de la empresa o a sus tratos con grupos comunitarios, ya sea cierto o no; la posibilidad de que los resultados de futuras exploraciones no sean consistentes con las expectativas de la Empresa; riesgos de que los datos de exploración sean incompletos y se requiera un trabajo adicional considerable para completar una evaluación adicional, incluyendo pero no limitado a la perforación, estudios de ingeniería y socioeconómicos e inversiones; riesgo de pérdidas debido a actos de guerra, terrorismo, sabotaje y disturbios civiles; concursos sobre la titularidad de las propiedades, en particular la titularidad de las propiedades no desarrolladas, o sobre el acceso al agua, la energía y otras infraestructuras necesarias; oportunidades de negocio que se pueden presentar a la empresa o que ésta puede aprovechar; relaciones con los empleados, incluida la pérdida de empleados clave; aumento de los costos y riesgos físicos, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y la escasez de recursos, relacionados con el cambio climático; y disponibilidad y aumento de los costos asociados a los insumos y la mano de obra de la minería. Además, existen riesgos y peligros asociados con el negocio de la exploración, el desarrollo y la minería de minerales, incluidos los peligros ambientales, los accidentes industriales, las formaciones inusuales o inesperadas, las presiones, los derrumbes, las inundaciones y las pérdidas de lingotes de oro, cátodos de cobre o de concentrado de oro o de cobre (y el riesgo de un seguro inadecuado, o la imposibilidad de obtener un seguro, para cubrir estos riesgos).
Muchas de estas incertidumbres e imprevistos pueden afectar a nuestros resultados reales y podrían hacer que éstos difirieran materialmente de los expresados o implícitos en cualquier declaración prospectiva hecha por nosotros o en su nombre. Se advierte a los lectores que las declaraciones prospectivas no son garantías de resultados futuros. Todas las declaraciones prospectivas realizadas en este comunicado de prensa están calificadas por estas declaraciones cautelares. Se hace referencia específica al Formulario 40-F/Formulario de Información Anual más reciente que se encuentra en los archivos de la SEC y las autoridades reguladoras de valores provinciales de Canadá para una discusión más detallada de algunos de los factores subyacentes a las declaraciones a futuro y los riesgos que pueden afectar la capacidad de Barrick para lograr las expectativas establecidas en las declaraciones a futuro contenidas en este comunicado de prensa. Rechazamos cualquier intención u obligación de actualizar o revisar cualquier declaración a futuro ya sea como resultado de información nueva, eventos futuros o de otra manera, excepto cuando lo exija la ley aplicable.